La importancia de otorgar testamento

Hacer testamento en Andorra es clave para garantizar que nuestra voluntad se cumpla. En este artículo analizamos, desde el punto de vista del derecho andorrano, qué formas de testamento son más seguras en Andorra y qué errores conviene evitar.

Alba

16 de gen. 2026

Artículo

Es un hecho inevitable.

Y, a pesar de ello, pasamos gran parte de nuestra vida evitando hablar de uno de los grandes tabúes: la muerte.

Como si desviar la mirada o aplazar la conversación pudiera hacer desaparecer una realidad que nos acompaña a todos. Pero la verdad es que, tarde o temprano, queramos o no, llega el momento de afrontarla.

Si hemos pasado toda nuestra existencia negando este hecho, es muy posible que no hayamos tomado a tiempo determinadas decisiones en favor de aquellos que más queremos, y que serán quienes deberán afrontar nuestra ausencia.

La importancia de preparar un testamento

Un gesto sencillo puede marcar la diferencia entre una marcha pesada, cargada de burocracia y de decisiones que pueden acabar pareciendo injustas y generar conflictos entre los herederos, y una situación ordenada y respetuosa con la voluntad de quien sí dedicó unos minutos a asesorarse y a preparar la documentación necesaria para que se respetaran sus últimas voluntades.

En el Principado, existen dos maneras de plasmar nuestra voluntad sucesoria: mediante escritura notarial o de forma ológrafa.

El mecanismo que ofrece mayor seguridad en cuanto al cumplimiento de los requisitos legales es el testamento abierto otorgado ante notario. El fedatario público verifica que la persona que otorga el testamento goza de la capacidad necesaria, así como que el documento cumple con todos los requisitos establecidos por la normativa vigente, asegurando así su validez y eficacia.

Otra gran ventaja del testamento abierto es que, una vez producida la defunción, las personas legitimadas pueden acceder de manera fácil y segura a su contenido, ya que el notario lo conserva y puede localizarlo fácilmente mediante su número de protocolo.

Esto evita que los beneficiarios tengan que dedicar tiempo a buscar el documento que contiene las últimas voluntades, así como también les ahorra el trámite de adveración, necesario para comprobar su autenticidad.

En cambio, si se opta por un testamento cerrado, aunque sea ante notario, o por un testamento ológrafo, existe el riesgo de que este no cumpla con los requisitos legales. Por ejemplo, puede llegar a ser considerado inválido si contiene tachaduras o enmiendas que no hayan sido debidamente salvadas con la firma correspondiente.

Una sucesión ordenada

El primer paso es otorgar un testamento pensando en aquellos que más queremos. El segundo, sin embargo, es reflexionar detenidamente sobre su contenido.

Es clave asegurarse de que las últimas voluntades no generen conflictos entre los herederos. Uno de los errores más comunes consiste en nombrar herederos universales a todos los hijos, aunque ello implique obligarlos a compartir una o varias propiedades.

Es muy habitual encontrarnos con el siguiente escenario: una madre propietaria de una cuenta bancaria y de tres pisos nombra herederos universales a sus tres hijos.

Uno de los hermanos quiere vender los pisos, otro quiere vivir en ellos y el tercero quiere alquilarlos.

Como los tres se encuentran en situación de indivisión y tienen voluntades divergentes, finalmente los inmuebles quedan vacíos y no generan ningún rendimiento, porque no se alcanza ningún acuerdo.

Imaginemos ahora que esta madre, en lugar de hacer un nombramiento genérico, nombra igualmente herederos universales a sus tres hijos de modo que se reparten el dinero líquido de la cuenta bancaria, pero además prevé tres legados distintos, de manera que cada hijo se convierte en propietario de un solo piso.

Con este reparto, el conflicto desaparece: el dinero se ha distribuido equitativamente y cada uno puede disponer libremente del bien inmueble que le corresponde.

La figura del legado permite, por tanto, individualizar cada bien de la herencia y evitar que los beneficiarios se vean obligados a permanecer en indivisión.

Esta estrategia, sin embargo, no siempre es la más adecuada. En determinados casos, como podría ser en patrimonios relevantes o en la transmisión de negocios, puede resultar más conveniente articular mecanismos más elaborados, como la creación en vida de una sociedad que se convierta en titular de los bienes del futuro causante, con la atribución de participaciones sociales a los herederos.

En cualquier caso, es imprescindible estudiar cada situación de manera personalizada para elaborar la estrategia sucesoria más adecuada, con el objetivo de evitar, en la medida de lo posible, futuros conflictos entre los beneficiarios.



Conclusión

Hablar de la muerte no nos acerca a ella, pero sí nos acerca a aquellos que queremos. Planificar la sucesión no es un acto frío ni distante: es un ejercicio de responsabilidad, de cuidado y de respeto.

Porque, al fin y al cabo, el silencio también es una decisión. Y decidir a tiempo es una de las mejores maneras de cuidar de quienes continuarán el camino cuando nosotros ya no estemos.